domingo, 29 de noviembre de 2009

Machinas Imperatrix Mundi

La idea es revolucionaria, fantástica, extravagante, delirante, utópica, imposible, peligrosa, aterradora, enfermiza, excelente, necesaria, fundamental, irrealizable; es el producto de una mente desequilibrada, de un intelecto genial, de un delirium tremens, de una noche de alcohol, de una profunda reflexión tecnológica o, simplemente, de demasiada ciencia ficción … o de todo ello al mismo tiempo.

Pero… cuál es dicha idea? Simple: Una máquina para gobernar el mundo (Perdón; asumí que si estaba leyendo esto, estaba sentado… lamento si no fue así); una máquina que nos gobierne, es decir, que tome (o sugiera) decisiones y cursos de acción, una especie de robot político.

Ricardo Guibourg ha denominado esta propuesta Programación Política Racional y, una vez analizada, resulta cuando menos una idea polémicamente interesante. Se trata de la creación de un sistema experto de decisión en materia de gobierno, fundamentalmente legislación (pero no exclusivamente).

No se trata, obviamente, de la utilización de la informática para la gestión de proyectos legislativos y administrativos, sino directamente de la automatización de las medidas del Gobierno en sí mismas; que nos gobierne una máquina (o, al menos, que asesore a nuestros gobernantes).

Seguramente, los cultores de ciencia ficción recordaran en este punto a las Máquinas, a Stephen Byerley, y otros robots asimovianos, en tanto que otros tal vez recuerden con más claridad a Skynet y sus Terminators. Pero la hipótesis planteada por Guibourg es una hipótesis seria y debemos analizarla seriamente.

Veámosla desapasionadamente. Sabemos que las computadoras solo son máquinas bobas (y si no lo sabíamos, es hora que nos enteremos), y sólo son capaces de hacer aquello que nosotros somos capaces de programarle. De manera que si la política, en tanto arte de gobernar de la mejor manera posible, es programada adecuadamente, una máquina será capaz de “hacer política” adecuadamente.

Supongamos por un momento que la praxis de gobernar, que consiste en la toma de decisiones, puede ser sometida a una descripción comprensible para un programa informático. Dicho programa podría manipular dicha descripción, darnos propuestas, sugerencias, consejo, advertencias y, en general, facilitarnos la tarea gubernamental.

El autor de nuestra referencia sostiene que un elemento inicial para el armado de un programa de política racional reside en capacitar a la “máquina gubernamental” para conocer la Realidad existente. Para ello, es preciso contar con un “modelo” que describa la Sociedad en su conjunto, compuesto principalmente por variables que puedan ser cuantificables.

Pero variables aisladas no sirven. Es preciso que las mismas sean claramente interrelacionadas, de manera de conocer (en la medida de lo posible) las relaciones e influencias que se dan mutuamente entre ellas.

Por supuesto, esto nos permite tener una visión estática de la actualidad de la comunidad sometida al gobierno informático. Esto no es suficiente, salvo que simplemente queramos saber cómo están las cosas, también necesitamos saber como cambian, como se modifican; es necesario que el modelo sociológico sea dinámico.

Por lo tanto, precisamos identificar, de entre todas las variables integradas al modelo, cuáles pueden ser manipuladas por el Gobierno; es decir, cuáles pueden ser modificadas a voluntad, sea mediante decisiones tomadas por el Ejecutivo, sea mediante normas sancionadas por el Legislativo.

No olvidemos que el objetivo general de los políticos es modificar las cosas (Bueno, alguno quizás quiera mantener el status quo, pero frente a la inevitabilidad de las transformaciones sociales, querrá cambiar para que nada cambie), si bien difícilmente alguien quiera cambiar por el sólo hecho de cambiar. El político quiere transformar la Sociedad para mejor… y dejemos sin definir, por el momento, qué significa ‘mejor’. Por lo tanto, será necesario establecer objetivos, metas a alcanzar, una nueva situación que (vaya uno a saber porqué) es considerada preferible a la situación actual; la descripción de ésta situación deseada debe hacerse en términos de las mismas variables que componen el modelo de la sociedad actual.

Está claro que no todos querrán las mismas modificaciones al sistema social. La programación política racional, al describir la realidad en término de variables cuantificables mutuamente interrelacionadas y requerir objetivos expresados en los mismos términos, llevaría a que los actores sociales formulen sus intereses políticos en forma de objetivos, es decir, nuevos valores asignados a las variables del modelo social.

Una formulación de los distintos programas de gobierno en términos de variables cuantificables tendría una consecuencia interesante (al menos, en los sistemas democráticos): determinar el grado de cumplimiento de las propuestas electorales.

Veamos un ejemplo de cómo podría funcionar. Para dicho ejemplo, hemos elegido un modelo sociológico sencillo y (seguramente) falso; de esta manera, centraremos la polémica en la programación política racional y no en el modelo que la ejemplifica.

Supongamos un sub-sistema social (el sistema económico) que pueda describirse mediante cinco variables cuantificables interrelacionadas: la demanda total de bienes y servicios (D), la oferta total de bienes y servicios (O), el precio de los mismos (P), la cantidad de dinero en circulación (M) y el nivel de empleo (E); supongamos que, además de la clásica ley de la oferta y la demanda, que interrelaciona mutuamente P, D y O, tenemos una relación directa entre M y D, y entre O y E; supongamos también que la única variable manipulable por la política gubernamental es M, y, finalmente, supongamos que el objetivo es incrementar el valor de la variable E.

Una programación adecuada nos indicará que incrementemos M (o procederá automáticamente a hacerlo!); gracias a ésta medida política, se incrementará D, lo cuál incrementará (en ciertas proporciones) tanto P como O, de manera que ésta última impulsará un aumento de E, que es, precisamente, la finalidad que se deseaba.

Por supuesto, el modelo simplificado nos informa que, además de incrementar O en cierta proporción, también se modifican los valores de otras variables, situación que no es necesariamente deseable (por ejemplo, en el caso de P). Seguramente, ciertos actores sociales y grupos políticos desearían mantener P en sus valores actuales; si éste es, en definitiva, el objetivo político del gobierno de turno, la recomendación (o la decisión automatizada) será mantener, o tal vez reducir, el valor de M.

De tener los fundamentos de una programación política racional, en el modelo ejemplificado, el cuerpo electoral optará por incrementar E (a costa de incrementar P), o por mantener o reducir P (a costa de mantener o reducir E); el objetivo tanto del “Partido de E”, como el del “Partido anti P” sería explícito para el pueblo, y el cumplimiento o incumplimiento del mismo, en caso de triunfar, se determinaría de manera precisa.

Por supuesto, pueden existir no solo discrepancia en orden a las metas y objetivos, sino también en orden a determinar las relaciones entre las diferentes variables que componen el modelo social, o a los valores que efectivamente poseen las mismas, ahora o con posterioridad a la aplicación de las medidas políticas que se quieren evaluar.

De esta manera, cada partido (en el sentido de cada grupo que aspira al ejerce el poder legítimo en la sociedad) podrá proponer a los electores, además de objetivos diferentes, modelos sociológicos diferentes (por ejemplo, un modelo monetarista versus un modelo keynesiano del sistema económico) y diferencias en el diagnóstico de la situación social de base.

Y si bien es cierto que tales discrepancias implican juicios de realidad que pueden ser contrastados empíricamente (a diferencia de los objetivos, dependientes de juicios de valores personales), las dificultades en la búsqueda de verificación de las distintas teorías económicas muestran los escollos que habría que superar.

Tal vez la propuesta de Guibourg no se implemente nunca en toda su plenitud, en especial en orden a la programación, pero quizás a partir de dicha utopía podamos lograr una política racional, que favorezca el análisis desapasionado de nuestra sociedad y nuestra toma de decisión ecuánime, sensata y responsable.

Saludos,

Carlos D. Montenegro

Ref.:

El escritor de ciencia ficción Isaac Asimov recurre al gobierno de máquinas o robots, así como a modelos matemáticos de ciencias sociales en varias de sus obras, fundamentalmente en “Yo, robot”, “El fin de la Eternidad”, en y la trilogía original de “Fundación”, “Fundación e Imperio” y “Segunda Fundación”.

La propuesta de Ricardo Guibourg puede verse en su artículo “De la informática jurídica a la programación política racional”, publicado en el libro Informática jurídica decisoria, Ed. Astrea, 1993, pág. 215 y ss.

domingo, 15 de noviembre de 2009

Un concepto del Derecho

Intentaremos dar una definición de Derecho mediante el clásico método de género próximo y diferencia específica, para lo cual podremos señalar que el Derecho es un sistema normativo respaldado por la coacción organizada. Muy linda definición, que no define nada a menos que sepamos a que nos referimos con las expresiones de sistema normativo y coacción organizada.

Empezando por el principio (comienzo no siempre recomendable), tendríamos que definir qué es un sistema normativo, para lo cual volveremos a usar el método de género próximo y diferencia específica: un sistema normativo es un sistema deductivo del cual pueden inferirse conclusiones normativas. Otra hermosa definición, para entender la cual necesitaremos saber qué es un sistema deductivo y qué es una conclusión normativa.

A grandes rasgos, un sistema deductivo es un conjunto de proposiciones que contiene todas las conclusiones o afirmaciones que pueden realizarse a partir de los datos del propio conjunto; es una suerte de Universo de un determinado conocimiento, de carácter cerrado y al cual no se le puede agregar nada que no esté ya incorporado al mismo.

Un sistema deductivo puede ser "axiomatizado" (sistema axiomático), esto es: puede reducirse a un conjunto menor de enunciados, del cual podrán luego inferirse la totalidad de los conocimientos que integraban el conjunto totalizado. En otras palabras, el conjunto completo se dividirá en dos subconjuntos: uno, compuesto por afirmaciones básicas (llamadas axiomas), y otro, integrado por afirmaciones (denominadas teoremas) que se deducirán a partir de las afirmaciones básicas, y solo de ellas, en virtud de ciertas reglas de inferencia. El conjunto total dependerá, entonces, de las afirmaciones básicas y de las reglas de inferencia admitidas.

Dijimos que un sistema normativo es un sistema deductivo. No entraremos en la cuestión de si es necesariamente axiomatizado; simplemente diremos que es posible que sí lo sea.

Aclarado ya cuál es el género de un sistema normativo, queda por ver cual es su diferencia específica, es decir: qué sostenemos cuando afirmamos que el sistema tiene conclusiones normativas. Simplemente, que entre las conclusiones que posee el sistema (ya sea axiomático o simplemente deductivo), se encuentran normas.

Para entender mejor, diremos que las normas son afirmaciones que permiten vincular un caso genérico con una solución.

Un caso genérico es una combinación de ciertas variables o propiedades, cuya presencia o ausencia permite describir un estado de cosas de manera universal (en el sentido de no referirse a individuos concretos). Así, todos los seres vivos son humanos o animales; por lo tanto podemos decir que todos los seres vivos poseen la propiedad humanidad (y son seres humanos) o no la poseen (y son animales).

Una solución es una determinación deóntica de una conducta. Por determinación deóntica de una conducta nos referimos a si dicha conducta, sea una acción o una omisión, se encuentra o no permitida. Se trata de una modalidad lógica que afecta a un comportamiento (real o típico) de una manera especial.

El determinante u operador deóntico básico (que es indefinido pero que nos servirá para definir a todos los demás) es el de permisión. Que una conducta esté permitida significa que su realización se adecua a la norma; dicha permisión la simbolizaremos como P(a): La acción a está Permitida.

Puede ocurrir que, si bien la acción a esté permitida, no esté permitida la omisión de a; en ese caso, nos encontramos ante una conducta obligatoria que simbolizamos por O(a) y que definimos como P(a) & ¬P(¬a): La acción a está Permitida pero la omisión de a NO está Permitida.

Por supuesto, puede ocurrir lo contrario, es decir, que se encuentre permitida la omisión de a pero no esté permitida la realización de a; se trata entonces de una conducta prohibida que simbolizamos como Ph(a) y que definimos como ¬P(a) & P(¬a): La acción a NO está Permitida pero la omisión de a SI está Permitida.

Que ocurre si tanto la realización de la conducta como su omisión están permitidas? En ese caso nos encontramos ante una conducta facultativa, que simbolizamos mediante F(a) y definimos como P(a) & P(¬a): La acción a está Permitida y la omisión de a también está Permitida. La única contradicción es que tanto la acción como la omisión NO estén Permitidas.

Ahora que ya sabemos qué es una solución, volvamos a nuestro concepto de norma. Una norma, dijimos, vincula un caso con una solución. Así, el Mandamiento Bíblico "No matarás", es una norma que vincula un conjunto de propiedades (la entidad X tiene el carácter humanidad) con la determinación deóntica de la conducta 'matar' (Prohibido matar a X).

En lenguaje de la lógica formal de primer orden, esta situación podría enunciarse como sigue: Norma(mandamiento, Humanidad(x), Ph(matar(x))), y que se 'leería' de la siguiente manera: "Existe una norma, uno de los Diez Mandamientos, que dispone que en caso de una entidad x que sea humana, está prohibido matar a dicha entidad".

Todo sistema normativo es, en definitiva, un conjunto de afirmaciones a partir de las cuales podemos concluir que ciertas conductas se encuentran deónticamente determinadas en ciertos casos. Sin estas inferencias, un sistema no es normativo; y con ellas, el sistema será normativo, aunque no siempre estemos concientes de ello o nos resistamos a otorgarle dicha clasificación.

Por supuesto, no es necesario que TODOS los enunciados que integren el sistema sean ellos mismos normas. Basta que uno sólo de ellos vincule un caso con una solución para que la totalidad del sistema sea normativo.

Y los sistemas jurídicos? Ya dijimos que son una especie de sistemas normativos, es decir que tienen que tener consecuencias normativas. Pero además, que son respaldados por la coacción organizada.

No nos extenderemos (al menos no en este posteo) en el concepto de coacción organizada; simplemente diremos que ella es una respuesta o sanción contra la discordancia entre la conducta deónticamente determinada (fundamentalmente, comportamiento no permitido) y la conducta real, y que el rasgo de organización puede ser tan difuso como la simple especificación de los individuos habilitados para llevar a cabo una venganza o la facultad del damnificado de no cumplir sus obligaciones contra la persona que le causó un daño.

A modo de conclusión, quiero resumir las distintas definiciones formales que mencionamos en este posteo:

Obligación: O(a) def.= P(a) & ¬P(¬a)

Prohibición: Ph(a) def. = ¬P(a) & P(¬a)

Facultad: F(a) def. = P(a) & P(¬a)

Norma: Un vinculo entre un conjunto de propiedades (o descripción de estado) y una determinación deóntica de una conducta. Hemos optado por la siguiente simbolización:

Norma(x, C, S), en donde 'x' es un argumento que nos permitirá identificar la norma, C es el conjunto de propiedades que sirven de antecedente de la norma, y S es la determinación deóntica de la conducta.

Sistema Normativo: sistema deductivo del cual se infiere al menos una norma.

Sistema Deductivo: conjunto de enunciados que contiene todas las proposiciones que pueden realizarse sobre determinado dominio o disciplina.

Sistema Axiomático: sistema deductivo reducido a un conjunto de enunciados básicos (axiomas) y a reglas de inferencias que permiten derivar la totalidad de las proposiciones que integran un sistema deductivo; los enunciados así derivados se denominan teoremas.

Sistema Jurídico: sistema normativo en el cual al menos una de sus norma cuenta con el respaldo de la coacción organizada en caso de incumplimiento.

Saludos,

Carlos D. Montenegro

Noticias de "La Nación" - Argentina